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30 de junio de 2025

Las 10 claves del fallo que obliga a la Argentina a entregar el 51% de YPF

La jueza Preska de Nueva York ordenó a la Argentina depositar el 51% de las acciones de YPF en una cuenta. Le dio un plazo de 14 días para cumplir el fallo.

La jueza federal de Nueva York Loretta A. Preska firmó una orden de ejecución que pone a la República Argentina contra la pared: en catorce días deberá depositar la totalidad de su paquete accionario mayoritario de YPF S.A. (51 % Clase D) en una cuenta de custodia del Bank of New York Mellon para saldar una sentencia firme de US$ 16.100 millones a favor de Petersen Energía y Eton Park, fondos que demandaron al Estado por la expropiación de 2012.

Según supo Noticias Argentinas, la magistrada aplicó la excepción comercial de la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA) y los artículos de ejecución del CPLR y el UCC neoyorquinos, rechazó los argumentos de inmunidad planteados por el Gobierno y consideró plenamente transferibles las acciones, pese a la prohibición contenida en la Ley 26.741 de expropiación.

10 claves del fallo de Loretta Preska contra YPF

- Monto y causa. El fallo “Petersen Energía Inversora v. Argentine Republic” condena al país a US$ 16,1 mil millones por incumplir la cláusula de oferta pública tras la estatización.

- Paquete a entregar. Son el 51 % de las acciones Clase D que controla el Estado a través de la Anses y el Tesoro.

- Plazos estrictos. Depósito en BNYM dentro de 14 días y traspaso a los fondos en 1 día hábil posterior.

- Base legal. Orden emitida bajo la Regla 69 FRCP, CPLR § 5225(c) y UCC § 8-112(e) de Nueva York.

- FSIA sin amparo. Excepción comercial (§ 1610(a)(2)): el paquete accionario se usa para dirigir YPF en EE. UU. (ADR en NYSE, registros SEC, deuda 144A).

- Valores no certificados. Las acciones, asentadas en Caja de Valores, son libremente transferibles; su situs pasa a Nueva York al entrar en BNYM.

- Ley argentina sin efecto. El art. 10 de la Ley 26.741 no bloquea la transferencia: prevalece la normativa federal estadounidense.

- Comunidad internacional. EE.UU. tiene un interés superior en hacer cumplir sus sentencias; no hay “conflicto real” con la ley argentina.

- Rechazo de audiencia. Preska resolvió sin vista oral y desestimó la postergación solicitada por la defensa.

- Riesgo de desacato. Si la Argentina incumple, los demandantes pueden pedir sanciones civiles y nuevos embargos sobre activos soberanos.

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